Mariangella Rossi, directora del Departamento Circulación Vial del Ministerio de Transporte y Comunicaciones (MTC), explicó que los conductores con licencia de conducir electrónica no se les aplica la falta G58 con la que se sanciona al usuario por no presenta su brevete ante el policía que lo interviene.
La funcionaria dijo durante su participación en el I Congreso Descentralizado de Transporte y Seguridad Vial realizado en Iquitos, que esto se debe a que un agente o fiscalizador puede verificar a través de una aplicación si el conductor tiene una licencia de conducir digital válida, solo necesita ingresar el número DNI. Sin embargo, enfatizó que el conductor debe mostrar su documento nacional de identidad (DNI) a las autoridades para que las autoridades puedan acceder al portal único del conductor y verificar si el ciudadano cuenta con la autorización para conducir.
Por otro lado, Rossi señaló que los exámenes médicos, de conocimientos y las pruebas de conducción son los requisitos básicos para obtener la autorización para conducir un vehículo. En este sentido, MTC recuerda que los conductores que inicien un nuevo proceso de licencia, revalidación o recategorización pueden elegir un centro médico autorizado a través del siguiente enlace: https://rec.mtc.gob.pe/LicenciaConducir/ArCentroMedicoConfiguracion.
Del mismo modo, quienes estén preparados para realizar la prueba de conocimientos pueden practicar de manera gratuita a través del simulacro que el MTC ha implementado mediante la web https://sierdgtt.mtc.gob.pe/.
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